Un sistema que incumple la Ley 379-81, ignora la inflación y excluye del seguro médico a quienes más lo necesitan.
Por J. Luis Rojas
lrojas50@hotmail.com
La Dirección General de Jubilaciones y Pensiones (DGJP) calcula pensiones con salarios ficticios, niega la indexación, retira el seguro médico y desconoce el costo real de la vida, condenando a miles de servidores públicos a una vejez indigna.
La Ley 379-81 establece que las pensiones deben calcularse en proporción al salario realmente devengado por el servidor al momento de su retiro. Su propósito es garantizar una sustitución razonable de ingresos. A su vez, la Ley 87-01 consagra los principios de proporcionalidad y suficiencia, ordenando que toda pensión debe permitir al beneficiario “mantener un nivel de vida digno”. Ambas leyes coinciden en un punto esencial: la pensión debe reflejar la realidad salarial del trabajador.
Sin embargo, las pensiones actuales generan más incertidumbre que protección. Hoy:
- La jubilación no garantiza derechos: los recorta.
- El sistema no protege: expulsa.
- La vejez no es un derecho social: es una carga individual.
Sin duda, la seguridad social dominicana, tal como está estructurada hoy, no cumple su promesa constitucional de protección integral. Su diseño y objetivo general se alejan de los principios de universalidad, suficiencia y dignidad establecidos en la Ley 87‑01 y en la propia Constitución. En lugar de garantizar derechos, reproduce desigualdades, excluye a los más vulnerables y deja sin protección efectiva a quienes deberían recibir mayor amparo del Estado.
En términos simples, el sistema de pensiones vigente está diseñado para reducir costos a expensas de quienes menos tienen. Penaliza la informalidad sin ofrecer vías reales de inclusión, privilegia la rentabilidad privada —AFP, ARS y PSS— por encima de la protección social, y sostiene métodos de cálculo que empobrecen deliberadamente al jubilado. Bajo estas condiciones, no es exagerado afirmar que la seguridad social funciona como el negocio privado más rentable del país, aun cuando su razón de ser debería ser exactamente la contraria: garantizar derechos, no generar utilidades.
La metodología de la DGJP: una violación abierta
El cálculo de las pensiones del sector público —basado en un salario mínimo congelado desde 2019— evidencia un diseño que reduce deliberadamente los montos a recibir. No es un error técnico: es una injusticia estructural.
La metodología empleada por la DGJP contradice de manera frontal, sistemática y abusiva lo que establecen las leyes que rigen el régimen de retiro. Si la Ley 379-81 se aplicara correctamente —tomando como base el salario real devengado o, en su defecto, el salario mínimo nacional vigente (RD$23,223)— los jubilados recibirían pensiones sustancialmente superiores a las que hoy se les reconocen.
La diferencia no es menor: es el resultado de una práctica administrativa que reduce artificialmente la base de cálculo, disminuye el monto final de la pensión y profundiza la precariedad económica de quienes ya se encuentran en una etapa de especial vulnerabilidad. En lugar de garantizar derechos, el Estado reproduce un esquema que abarata el costo fiscal a costa del bienestar del jubilado, en abierta violación del espíritu y la letra de la ley.
En términos prácticos, un servidor público que debería recibir una pensión calculada sobre RD$23,223 termina recibiendo una basada en RD$10,000. Esta distorsión representa una pérdida estructural superior al 56 %, una merma que nunca se corrige y que acompaña al jubilado durante toda su vejez. No se trata de un simple error administrativo: es un mecanismo que sacrifica la dignidad del pensionado para reducir el gasto público.
La pregunta es inevitable: ¿cuándo se aplicará en la República Dominicana, sin exclusiones ni excepciones, la indexación salarial por inflación a las pensiones del sector público? Mientras esta corrección no se implemente, el Estado continuará reproduciendo un modelo que condena a sus propios servidores a un empobrecimiento progresivo, contrario al mandato constitucional de garantizar un retiro digno.
El costo de la vida sube; las pensiones no
Mientras el costo de la vida continúa en ascenso —con canastas básicas que superan los RD$45,000 en zonas urbanas— la mayoría de los pensionados públicos recibe montos que no cubren ni la mitad de sus necesidades esenciales.
La brecha entre ingresos y gastos no es accidental. Es el resultado de una política de cálculo que desconoce la realidad económica del país y contradice la obligación constitucional del Estado de proteger a sus ciudadanos en la etapa de mayor vulnerabilidad. Esa brecha se amplía cada año, porque las pensiones permanecen congeladas mientras los precios de alimentos, medicamentos, transporte y servicios continúan aumentando sin pausa.
No indexar las pensiones equivale a condenar al jubilado a un empobrecimiento progresivo. Mientras los trabajadores activos reciben aumentos para compensar la inflación, quienes ya cumplieron su ciclo laboral quedan atrapados en ingresos congelados que pierden valor año tras año. Esta práctica, además de inhumana, constituye una forma de discriminación económica.
En RD los adultos mayores siguen trabajando por necesidad
Más de un tercio de los adultos mayores dominicanos —un 36 %— continúa trabajando después de alcanzar la edad legal de retiro. No lo hacen por elección, sino por necesidad económica. Esta cifra, una de las más altas de América Latina, desmonta la narrativa de que el sistema de pensiones garantiza protección en la vejez.
Si la jubilación fuera realmente una etapa de descanso, los mayores no tendrían que reincorporarse al mercado laboral, muchas veces en condiciones informales y precarias, para costear medicamentos, alimentación o simplemente sobrevivir.
Según la CEPAL, la tasa de participación económica de personas de 60 años o más en RD es de 36 %, superada solo por Honduras (48.2 %) y México (41 %). Esto significa que más de uno de cada tres adultos mayores sigue trabajando pese a haber cumplido los requisitos legales de retiro.
La vejez sin protección
La vejez es precisamente la etapa en la que más se necesita atención médica. Sin embargo, el Estado despoja al jubilado de su principal mecanismo de protección, empujándolo a endeudarse, a depender de familiares o a renunciar a tratamientos indispensables.
A esta precariedad se suma una práctica particularmente injusta: la exclusión del seguro médico al momento de la jubilación. Retirar la cobertura de salud a un servidor público que ha cotizado durante décadas es moralmente inaceptable y contrario al espíritu de la Ley 87-01, que define la seguridad social como un derecho universal y continuo.
El Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS) opera bajo una lógica rentista. En la práctica, la seguridad social quedó en manos del sector privado, y las consecuencias son evidentes: un segmento significativo de los jubilados pierde el acceso a servicios de salud en el momento en que más los necesita. Las ARS excluyen a personas mayores de 65 años o con enfermedades crónicas, precisamente los grupos con mayor riesgo.
Así, la vejez —que debería ser una etapa de cuidado, estabilidad, descanso y protección— termina convirtiéndose en un período marcado por gastos médicos impagables y una vulnerabilidad creciente. Como resume el refrán popular, en la República Dominicana “hay que morirse trabajando”.
Regímenes privilegiados vs. pensiones civiles: desigualdad dentro del Estado
La desigualdad se vuelve aún más escandalosa y evidente cuando se observa que numerosas agencias gubernamentales —como el Banco Central, Superintendencia de Bancos, Superintendencia de Seguros, Superintendencia de Electricidad, Junta Central Electoral (JCE), Dirección General de Impuestos Internos (DGII), Dirección General de Aduanas (DGA), Poder Judicial, Tribunal Constitucional, Ministerio Público, Cámara de Cuentas, Ministerio de Relaciones Exteriores (MIREX), Policía Nacional, Fuerzas Armadas, Universidad Autónoma de Santo Domingo (UASD), operan sistemas de pensiones propios, con fondos autónomos y beneficios muy superiores al promedio nacional. A esta lista se suman los diputados y senadores, quienes disfrutan de regímenes especiales que garantizan retiros privilegiados, muy distantes de la realidad que enfrenta el resto del funcionariado público.
Como se aprecia, el Estado dominicano mantiene más de treinta instituciones con regímenes propios de pensiones, muchas de ellas con beneficios muy superiores al sistema general administrado por la DGJP, lo que evidencia una profunda asimetría en la protección social. Esta fragmentación confirma que no existe un estándar único de justicia previsional y que los servidores civiles sujetos al régimen común son, en la práctica, los más perjudicados. Mientras ciertos sectores disfrutan de pensiones privilegiadas, amplios grupos de trabajadores públicos reciben montos insuficientes que no garantizan una vejez digna. Así, el propio Estado reproduce y legitima desigualdades internas, institucionalizando un modelo previsional que protege mejor a unos ciudadanos que a otros, en abierta contradicción con los principios de universalidad y equidad que deberían regir la seguridad social.
A juzgar por los hechos, parecería que dentro del mismo Estado coexisten ciudadanos de primera y de segunda categoría. La dignidad del retiro depende no del servicio prestado al país, sino del poder político o institucional del cargo ocupado. Esta carpinteria desigual no es un accidente: es la expresión más clara de un Estado que protege a unos pocos y abandona a la mayoría.
RD y los estándares internacionales
La República Dominicana está muy lejos de cumplir los estándares internacionales de protección a la vejez. Organismos como la ONU, la OIT y la CEPAL establecen cuatro pilares mínimos:
- Pensiones suficientes para cubrir necesidades básicas.
- Acceso universal a la salud, sin discriminación por edad o condición médica.
- Protección social continua, incluso para quienes trabajaron en la informalidad.
- Integración social y laboral voluntaria, nunca forzada por necesidad económica.
Es penoso y lamentable que la realidad dominicana contradiga estos principios en todos los frentes. Lo que debería ser un sistema de protección y dignidad para la vejez se ha convertido en un entramado que reproduce desigualdades, vulnera derechos y deja desamparados a quienes más necesitan amparo estatal.
Reformar la Ley 87-01: una deuda moral, legal y política
La reforma del sistema de pensiones no es solo urgente: es inaplazable. Las instituciones responsables —CNSS, DIDA, SIPEN, DGJP, SISALRIL, ADAFP, ADARS y la Comisión Bicameral— tienen la obligación moral y legal de garantizar que la jubilación sea una etapa de dignidad, no una condena a la precariedad.
Un Estado que permite que sus jubilados sobrevivan con pensiones ficticias, sin indexación, sin seguro médico y sin protección real, renuncia a su deber más elemental: garantizar dignidad a quienes ya entregaron su vida laboral al servicio público.
Mientras las autoridades sigan mirando hacia otro lado, la jubilación seguirá siendo, para miles de dominicanos, no el cierre digno de una vida de trabajo, sino el inicio de una lucha diaria por sobrevivir en un sistema que decidió darles la espalda.
Con respecto a la reforma integral y sostenible de la Ley 87‑01, es apremiante respaldar en todos los escenarios posibles el documento que recoge los cinco reclamos dirigidos al Poder Ejecutivo, firmado por los dirigentes de las organizaciones sociales, sindicales, gremiales, comunitarias y ciudadanas que marcharon el pasado primero de mayo. Este consenso multisectorial no es un simple pronunciamiento: es la expresión más clara de un país que exige ser escuchado y que rechaza cualquier intento de reforma que perpetúe las distorsiones actuales.
El primer reclamo es contundente: rechazar toda reforma construida de espaldas al pueblo, sin diálogo democrático ni participación vinculante de la sociedad civil. Asimismo, rechazar cualquier proyecto de ley que pretenda aumentar las cotizaciones, elevar la edad de retiro o profundizar la privatización de los fondos de pensiones y de los recursos destinados a la atención en salud.





